UNA REFLEXIÓN SOBRE LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN A LA  INTEGRIDAD SEXUAL DE NIÑAS, NIÑOS  Y ADOLESCENTES EN ENTORNOS DIGITALES Y MI APORTE COMO PROFESIONAL ABOGADA

Desde mi experiencia profesional como abogada por más de treinta años y como ciudadana boliviana, siento la necesidad de compartir una reflexión sobre la reciente Ley sancionada de Protección a la Integridad Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en Entornos Digitales.

Quiero aportar desde mi lugar una reflexión, que esta ley no nace en el vacío, sino como respuesta a una realidad cada vez más dolorosa. Vivimos en un tiempo donde los entornos digitales se han vuelto parte inseparable de la vida cotidiana. 

Nuestros hijos y nietos crecen rodeados de pantallas, redes sociales y plataformas de comunicación que, si bien abren puertas al conocimiento, también los exponen a graves riesgos. Estas herramientas digitales, que deberían ser espacios de aprendizaje y comunicación, se han convertido en escenarios donde personas inescrupulosas captan a nuestras niñas, niños y adolescentes, vulnerando su dignidad y derechos fundamentales.

Delitos como la pornografía infantil, el grooming y la sextorsión han crecido de manera alarmante. Esta realidad puso en evidencia un vacío jurídico, nuestro ordenamiento penal boliviano no contemplaba con claridad estas nuevas formas de delito, y no contaba con una herramienta integral para enfrentarlos.

Por eso, se volvió urgente dotar al país de un instrumento normativo moderno, capaz de responder a los desafíos que impone la tecnología y de proteger de manera efectiva a la niñez.

Y poniendo a Dios por delante que se valió de instrumentos para hacer realidad un proyecto, debemos resaltar la iniciativa del Fiscal General del Estado como máxima autoridad del Ministerio Público, con atribución de impulsar políticas de protección y proponer iniciativas legales apoyando a Fiscales Superiores, especialmente el apoyo a la Fiscal Superior en Razón de Género como proyectista, quienes todos unidos condujeron y programaron propuestas técnicas y jurídicas dentro de sus competencias.

El objetivo de esta norma es claro, proteger la integridad sexual de los menores en el mundo digital, fortaleciendo la prevención, tipificando nuevas conductas delictivas y dotando de mecanismos eficaces a la justicia para sancionar a los responsables. No se trata solo de una respuesta legal, sino de una respuesta ética y social como es la de garantizar a nuestros hijos el derecho a un entorno seguro y libre de violencia sexual.

La sanción y promulgación de esta norma constituyen un paso histórico. Todos sabemos que no fue un camino fácil, con seguridad detrás de ella, hubo un arduo trabajo técnico y jurídico, así como un esfuerzo político para lograr consensos. Hoy podemos decir que Bolivia cuenta con un marco legal que reconoce y enfrenta la vulnerabilidad de nuestros niños en el orbe digital.

Este logro histórico nos recuerda que la ley, cuando se inspira en la realidad y en la defensa de los más vulnerables, se convierte en un instrumento de transformación social. Queda ahora en manos de las instituciones, la sociedad civil y las familias hacerla vida y práctica, para que no sea solo un texto en papel, sino un verdadero escudo protector de la niñez boliviana.

 “Al que escandalice a uno de estos pequeños que creen en mí, más le valdría que le colgaran al cuello una piedra de molino y lo hundieran en lo profundo del mar.” (Mateo 18, 6)

¡Que el Señor nos bendiga y la Virgen nos proteja!

Tu amiga

Mirtha Villarroel de Rocha

(Próximo tema: Etapas para la formación, sanción y promulgación de una ley en Bolivia)

 

 

 

 

Comentarios

Entradas populares de este blog