UNA REFLEXIÓN SOBRE LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN A LA INTEGRIDAD SEXUAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN ENTORNOS DIGITALES Y MI APORTE COMO PROFESIONAL ABOGADA
Desde mi
experiencia profesional como abogada por más de treinta años y como ciudadana
boliviana, siento la necesidad de compartir una reflexión sobre la reciente Ley
sancionada de Protección a la Integridad Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en Entornos
Digitales.
Quiero aportar desde mi lugar una reflexión, que esta ley no nace en el vacío, sino como respuesta a una realidad cada vez más dolorosa. Vivimos en un tiempo donde los entornos digitales se han vuelto parte inseparable de la vida cotidiana.
Nuestros hijos y nietos crecen rodeados de pantallas, redes sociales y
plataformas de comunicación que, si bien abren puertas al conocimiento, también
los exponen a graves riesgos. Estas herramientas digitales, que deberían ser
espacios de aprendizaje y comunicación, se han convertido en escenarios donde
personas inescrupulosas captan a nuestras niñas, niños y adolescentes,
vulnerando su dignidad y derechos fundamentales.
Delitos como
la pornografía infantil, el grooming y la sextorsión han crecido de manera
alarmante. Esta realidad puso en evidencia un vacío jurídico, nuestro
ordenamiento penal boliviano no contemplaba con claridad estas nuevas formas de
delito, y no contaba con una herramienta integral para enfrentarlos.
Por eso, se
volvió urgente dotar al país de un instrumento normativo moderno, capaz de
responder a los desafíos que impone la tecnología y de proteger de manera
efectiva a la niñez.
Y poniendo a
Dios por delante que se valió de instrumentos para hacer realidad un proyecto, debemos resaltar la iniciativa del Fiscal General del Estado como
máxima autoridad del Ministerio Público, con atribución de impulsar políticas
de protección y proponer iniciativas legales apoyando a Fiscales Superiores, especialmente
el apoyo a la Fiscal Superior en Razón de Género como proyectista, quienes
todos unidos condujeron y programaron propuestas técnicas y jurídicas dentro de
sus competencias.
El objetivo
de esta norma es claro, proteger la integridad sexual de los menores en el
mundo digital, fortaleciendo la prevención, tipificando nuevas conductas
delictivas y dotando de mecanismos eficaces a la justicia para sancionar a los
responsables. No se trata solo de una respuesta legal, sino de una respuesta
ética y social como es la de garantizar a nuestros hijos el derecho a un
entorno seguro y libre de violencia sexual.
La sanción y
promulgación de esta norma constituyen un paso histórico. Todos sabemos que no
fue un camino fácil, con seguridad detrás de ella, hubo un arduo trabajo
técnico y jurídico, así como un esfuerzo político para lograr consensos. Hoy
podemos decir que Bolivia cuenta con un marco legal que reconoce y enfrenta la
vulnerabilidad de nuestros niños en el orbe digital.
Este logro
histórico nos recuerda que la ley, cuando se inspira en la realidad y en la
defensa de los más vulnerables, se convierte en un instrumento de
transformación social. Queda ahora en manos de las instituciones, la sociedad
civil y las familias hacerla vida y práctica, para que no sea solo un texto en
papel, sino un verdadero escudo protector de la niñez boliviana.
“Al que escandalice a uno de estos pequeños
que creen en mí, más le valdría que le colgaran al cuello una piedra de molino
y lo hundieran en lo profundo del mar.” (Mateo 18, 6)
¡Que el Señor
nos bendiga y la Virgen nos proteja!
Tu amiga
Mirtha
Villarroel de Rocha
(Próximo tema: Etapas para la formación,
sanción y promulgación de una ley en Bolivia)
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